Google deberá indemnizar a vecino de Bragado que apareció desnudo en Street View

Un fallo judicial condenó a Google Argentina a pagar una millonaria indemnización a un vecino de Bragado, quien apareció desnudo en una imagen captada por el servicio Street View de Google Maps.
Bragado, 25 de Julio de 2025 (Novedades BA).- El hombre fue fotografiado en el patio de su vivienda y, aunque su figura fue difuminada, fue rápidamente reconocido por vecinos y en redes sociales, lo que afectó gravemente su vida personal y profesional.
La resolución fue emitida por la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, que hizo lugar parcialmente al recurso de apelación presentado por la defensa del afectado. La sentencia ordena a Google Argentina SRL y Google Inc. indemnizarlo con 3 millones de pesos más intereses, lo que eleva la suma total a más de 16 millones de pesos, dado que el reclamo se inició en 2017.
El hecho: una imagen privada captada y viralizada
El conflicto se originó cuando el sistema de cámaras de Google Street View registró el frente de una vivienda en Bragado desde un ángulo que permitía observar el patio interior. Allí se encontraba una persona desnuda y de espaldas a la cámara. Pese al difuminado automático aplicado por el sistema, los vecinos del barrio lograron identificarlo fácilmente y comenzaron a circular la imagen por redes sociales y medios de comunicación, lo que intensificó la exposición.
Según la demanda, el afectado, quien trabajaba en las fuerzas de seguridad, sufrió consecuencias personales y profesionales tras la difusión del contenido. Las burlas y comentarios comprometerían su reputación y la de su familia.
La Justicia reconoció la afectación a su intimidad
En primera instancia, la Justicia había desestimado la demanda por falta de pruebas sobre la responsabilidad directa de Google. Sin embargo, la Cámara revirtió esa decisión y sostuvo que el caso plantea una fuerte tensión entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad y a la imagen, consagrados en los artículos 14 y 19 de la Constitución Nacional.
El fallo se considera relevante porque sienta precedente sobre el uso de imágenes captadas por plataformas tecnológicas y la responsabilidad que tienen las grandes empresas tecnológicas frente a la privacidad de los ciudadanos. (Novedades BA)